|
|
En primer lugar debemos aclarar que
antes de ser el "Ayuntamiento de la Merindad de Río
Ubierna" existió el "Alfoz de Ubierna", ya
que expresamente éste aparece atestiguado el 29-IX-1028,
testimonio que se repite el 10-V-1062 y el 18-III-1068 por no citar
nada más que los documentos en el sigo XI; su existencia
en el siglo X parece vislumbrarse a través del diploma fundacional
de Covarrubias en el año 978.
El Alfoz de Ubierna ha conservado unos mismo límites desde
sus orígenes hasta el siglo XIX en que al eregirse las actuales
provincias se extinguió la histórica Jurisdicción
de Río Ubierna, cuyos lugares pueden verse elencados en 1789
en las relaciones remitidas al Conde de Floridablanca. |
Todas las noticias históricas de que disponemos
coinciden en atribuir al Alfoz de Ubierna primero y luego a la llamada
Jurisdicción de Río Ubierna los lugares que adelante se
indican. No coincidiendo éstos con los existentes en la actualidad,
así y por tanto, también han variado los límites
de lo que hoy es el AYUNTAMIENTO DE LA MERINDAD DE RÍO UBIERNA.
|